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Festejos - El Ejido - 27/07/2020

El Ayuntamiento de El Ejido emite un bando para recordar el cumplimiento de las normas sanitarias obligatorias durante la Fiesta del Cordero

Se insiste en que está prohibido el sacrificio del cordero en viviendas particulares o en dependencias comunes de edificios, ni otros lugares públicos salvo los mataderos autorizados

Almeria 24h
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El Ayuntamiento de El Ejido emite un bando para recordar el cumplimiento de las normas sanitarias obligatorias durante la Fiesta del Cordero


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El Ayuntamiento de El Ejido ha emitido un bando para recordar y garantizar el cumplimiento de las normas sanitarias que son obligatorias a seguir durante la Fiesta del Cordero.

Desde el Consistorio, a través del área de Comercio, Sanidad y Consumo, se insiste en que al igual que cada año se pone en marcha una campaña dirigida a controlar la buena salud de los cerdos que se sacrifican dentro de la tradicional matanza del cerdo, este año se ha estimado conveniente recordar el cumplimiento de la normativa sanitaria ante la proximidad de la conmemoración de la Fiesta Islámica Aid el Adha o Del Cordero en la que se sacrifica este animal en un ritual que conmemora el Sacrificio de Ibrahim.

El objetivo es garantizar la adopción de estas medidas a fin de evitar riesgos para la salud pública o el sufrimiento del animal, así como molestias para los vecinos. Por ello, desde el Ayuntamiento se hace una nueva llamada de atención sobre la necesidad de continuar con actitudes cívicas, consolidando pequeños gestos de conducta, que van a contribuir de manera decisiva a mantener una ciudad más limpia.

De modo que se recuerda que más allá del umbral de nuestro domicilio, la ciudad es nuestra casa. Debemos conseguir una ciudad limpia y habitable, es tarea de todos y que precisa de la colaboración del conjunto de la población.

De modo que se recuerda que las normas a seguir para estos sacrificios son:

1.- Está prohibido el sacrificio del cordero en viviendas particulares o en dependencias comunes de edificios, ni en otros lugares públicos salvo los mataderos autorizados. La legislación española sobre la matanza de animales se ampara en el Reglamento nº 1099/2009, se trata de una directiva europea que regula, en otros aspectos, la protección de los animales en el momento de la matanza, vigente desde enero de 2013. El objetivo de esta normativo (que se desarrolló en España mediante el Real Decreto 37/2014 de 24 de enero) es regular aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.

2.- Igualmente, para el sangrado del animal se deberá seguir escrupulosamente el procedimiento establecido en la norma antes citada, velando especialmente porque el mismo sea rápido, profuso y completo.

3.- De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 191/2000 de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de materiales especificados de riesgos en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles, modificado pro el Real Decreto 100/03 de 24 de enero dado que se consideran material específico de riesgo (MER) del cráneo, las amígdalas y la médula espinal de los ovinos mayores de doce meses de edad, así como el bazo de los ovinos de todas las edades, es obligatorio entregar estos órganos a gestores autorizados para su destrucción. Por tanto, no se podrán consumir, exponer en patios, terrazas o balcones ni depositar en contenedores normales de residuos, ninguna parte del cuerpo de ovejas que mantengan estos órganos.

4.- Todo ello se recuerda y advierte que este sacrificio aun tratándose de un ritual religioso, debe realizarse en establecimientos con personal autorizado, donde se velará por el estricto cumplimiento de la legislación vigente.

5.- El incumplimiento de lo dispuesto en este bando será sancionado de acuerdo con lo dispuestos en el artículo 26.2 g) de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia Ciudadana y de Prevención de Actos Incívicos publicada en el BOP nº 232 de 2 diciembre de 2008 que lleva aparejada una sanción de hasta 300 euros.

6.- La Policía Local velará especialmente por el cumplimiento de estas obligaciones.




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