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Politica - El Ejido - 09/02/2015

El gobierno local da mayor participación a la oposición en los órganos de representación de las empresas públicas municipales

El pleno ha aprobado la modificación de los estatutos de DUE y de la Residencia Geriátrica ‘Ciudad de El Ejido’ con la intención de que los grupos de la oposición tengan garantizada su participación en las Asambleas Generales de ambos organismos públicos

Almeria 24h
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El gobierno local da mayor participación a la oposición en los órganos de representación de las empresas públicas municipales


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El equipo de gobierno en el Ayuntamiento de El Ejido, en el ejercicio de garantizar una gestión transparente de los recursos municipales, dará mayor participación a la oposición en los órganos de representación de las empresas públicas.

El pleno celebrado hoy en el Consistorio ha aprobado la modificación de los estatutos de DUE y de la residencia geriátrica ‘Ciudad de El Ejido’ con la intención de que los grupos en la oposición tengan garantizada su participación en las Asambleas Generales de ambos organismos públicos.

El alcalde de El Ejido, Francisco Góngora, ha explicado que “si bien la oposición jamás ha estado representada en los órganos de las empresas públicas, la intención de modificar los estatutos es la de otorgar a todos los grupos la oportunidad de que cuenten con representación en la Asamblea General, teniendo, asimismo, plena participación en las facultades de la misma”.

Entre otras, las facultades de la Asamblea General son: el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de los miembros del Consejo de Administración; autorización a los administradores para el ejercicio por cuenta propia o ajena de un género de actividad igual o análogo o complementario del que constituye a los efectos sociales; la modificación de los estatutos; el aumento y disminución del capital social: la emisión de obligaciones; la aprobación de las cuentas anuales, la aplicación de resultados y la aprobación de la gestión social; el nombramiento y separación de liquidador y, si procede, de los auditores de cuentas así como del ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos; la transformación, fusión o escisión de la sociedad; la disolución de la sociedad; la aprobación del balance final de liquidación; y cualesquiera otros asuntos que determine la ley.

Asimismo, el primer edil ha añadido que “en la línea de garantizar la eficiencia y la operatividad, así como para evitar dilaciones innecesarias en el funcionamiento de ambas empresas públicas, es además totalmente lícito que sea el equipo de gobierno el que lleve, de hecho, la acción de gobierno en los órganos correspondientes”, al referirse a los Consejos de Administración, que, como ha señalado Góngora, “se corresponderán con la Junta de Gobierno, de la misma manera que la Asamblea General estará representada en el pleno”.

De esta forma, una de las modificaciones que se han incorporado es que el Consejo de Administración estará formado por la Junta de Gobierno Local y la Asamblea General por el pleno, “pero el hecho de que la oposición no vaya a participar en parte de la acción de gobierno no significa en absoluto que no haya transparencia, de hecho esta modificación se hace, precisamente, para garantizar mayor representatividad de los grupos de la oposición en estos órganos”.

De la misma manera, Góngora se ha mostrado receptivo a incorporar una limitación en lo relativo a los actos de compra venta de algún bien tales como maquinaria, vehículo, palas o herramientas en general para la prestación de los servicios de los que se ocupa la empresa pública DUE. “En este sentido no existe ningún inconveniente por parte de este equipo de gobierno, pero si lo que se pretende es que para cualquier cuestión que se tenga que resolver en el Consejo de Administración todos los partidos tengamos que ponernos de acuerdo para dar cualquier paso, entendemos que no es operativo ni eficiente y que, por lo tanto, va a entorpecer la agilidad y el funcionamiento de ambas empresas”, ha subrayado, al tiempo que ha insistido en que “eso no significa que no exista transparencia y que no vayan a disponer de toda la información necesaria para realizar su labor de fiscalización”.
En cualquier caso, desde el gobierno municipal se insiste en que en todo momento se está acatando lo que estipula el marco legal de aplicación correspondiente.

Máximos conocimientos técnicos para la gerencia de DUE
Durante la sesión plenaria, el alcalde de El Ejido también se ha referido al reciente nombramiento del gerente de la empresa pública municipal DUE y, en este sentido, y en contraposición a los argumentos mantenidos por los grupos de la oposición que defendían una figura con perfil de licenciado en empresariales para ocupar este puesto, Góngora ha señalado que “el máximo criterio lo tiene, sin lugar a ninguna duda, una persona con perfil de ingeniero de caminos, puesto que se trata de gestionar los servicios públicos y, por tanto, la persona adecuada debe tener experiencia y profundos conocimientos en aspectos relacionados con el mantenimiento, ejecución de obras, infraestructuras, redes, vías, planificación de ajardinamiento de zonas, optimización en los costes de energía eléctrica, etc.”.

“Es incuestionable que el perfil adecuado para gestionar una empresa que se dedica a los servicios públicos tiene que ser el de un ingeniero, y no el de alguien licenciado en empresariales cuyas decisiones puedan depender de estar realizando consultas a los técnicos permanentemente”, ha explicado el alcalde, quien ha insistido en que “desde el primer momento el equipo de gobierno tenía claro que el perfil de la persona que ocupara la gerencia de la empresa debía ser el de alguien con el máximo criterio y conocimientos técnicos”.

“No se necesita a un economista para gestionar la empresa, sino a una persona con la mejor preparación y criterio técnico y es incuestionable que un ingeniero de caminos tiene, por supuesto, estos conocimientos”, ha argumentado.

Asimismo, el alcalde ha aclarado que, si bien, tal y como se establece en la normativa económica, no existía obligación ninguna de realizar un proceso de selección al tratarse de un contrato de alta dirección, “aún así se ha hecho, de forma transparente y abierto, dándose a conocer no sólo por edictos sino, también, a través de la Web institucional, con diez días hábiles con el objetivo de que las personas interesadas y capacitadas para desarrollar este puesto pudieran concurrir”.




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